Confirmación

«Todo bautizado, aún no confirmado, puede y debe recibir el sacramento de la Confirmación (cf CIC can. 889, 1). Puesto que Bautismo, Confirmación y Eucaristía forman una unidad, de ahí se sigue que «los fieles tienen la obligación de recibir este sacramento en tiempo oportuno» (CIC, can. 890), porque sin la Confirmación y la Eucaristía, el sacramento del Bautismo es ciertamente válido y eficaz, pero la iniciación cristiana queda incompleta». (Catecismo de la Iglesia Católica, 1306)

«De la celebración se deduce que el efecto del sacramento de la Confirmación es la efusión especial del Espíritu Santo, como fue concedida en otro tiempo a los Apóstoles el día de Pentecostés. Por este hecho, la Confirmación confiere crecimiento y profundidad a la gracia bautismal:

  • nos introduce más profundamente en la filiación divina que nos hace decir «Abbá, Padre» (Rm 8,15).;
  • nos une más firmemente a Cristo;
  • aumenta en nosotros los dones del Espíritu Santo;
  • hace más perfecto nuestro vínculo con la Iglesia (cf LG 11);
  • nos concede una fuerza especial del Espíritu Santo para difundir y defender la fe mediante la palabra y las obras como verdaderos testigos de Cristo, para confesar valientemente el nombre de Cristo y para no sentir jamás vergüenza de la cruz (cf DS 1319; LG 11,12).​

(Catecismo de la Iglesia Católica, 1302-1303)